El Decreto 93/2006, de 11/07/2006, de Ordenación de Alojamiento Turístico en el Medio Rural de Castilla-La Mancha por el que se regula la clasificación y categorías de los alojamientos en el medio rural, establece 6 tipos de alojamientos: Ventas de Castilla - La Mancha, Casas Rurales, Alojamientos rurales singulares, Albergues rurales, Complejos de turismo rural y Explotaciones de agroturismo.
Las casas rurales se califican con una, dos o tres espigas en función de los servicios que presten y la calidad de los mismos conforme a lo establecido en el Anexo II del Decreto.
Los establecimientos que a la entrada en vigor de este Decreto estuviesen dados de alta en el Registro de Empresas y Establecimientos Turísticos de Castilla - La Mancha bajo el epígrafe de "Casa Rural", disponen de 3 años desde la entrada en vigor del Decreto 93/2006 para adecuarse al mismo y por lo tanto quedar fijada su categoría en una, dos o tres espigas.
Las casas rurales que aparecen en www.casaturcuenca.com y que en Categoría aparece "sin categorizar", indica que todavía no han sido categorizadas/calificadas y que por lo tanto disponen de 3 años desde la entrada en vigor del Decreto para adecuarse al mismo.